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viernes, 12 de marzo de 2010

LEGISLACIÓN COLOMBIANA


El 5 de enero de 2009, el Congreso de la República de Colombia promulgó la Ley 1273 “Por medio del cual se modifica el Código Penal, se crea un nuevo bien jurídico tutelado – denominado “De la Protección de la información y de los datos”- y se preservan integralmente los sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones”.

Dicha ley tipificó como delitos una serie de conductas relacionadas con el manejo de datos personales, por lo que es de gran importancia que las empresas se blinden jurídicamente para evita incurrir en alguno de estos tipos penales.
Adiciona al Código Penal colombiano el Título VII BIS denominado "De la Protección de la información y de los datos" que divide en dos capítulos, a saber: “De los atentados contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los datos y de los sistemas informáticos” y “De los atentados informáticos y otras infracciones”.

Siendo penalizadas estas conductas de entre 3 a 10 años de prisión y multas pecuniarias de 100 a 1500 salarios mínimos legales mensuales vigentes.


CONSULTA DE LA NORMA:
http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley/2009/ley_1273_2009.html


Extracto de: http://www.deltaasesores.com/articulos/autores-invitados/otros/3576-ley-de-delitos-informaticos-en-colombia

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